Sentencia N° 939 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de noviembre de 2024

TSJ/SPA, Sent. N° 00939, Exp. 2003-0028, 27/11/2024
Expediente2003-0028
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2024-11-27
DecisiónCierre y archivo del cuaderno separado

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió el cierre y archivo del cuaderno separado relacionado con el recurso contencioso administrativo de nulidad y la acción de amparo constitucional interpuestos por CERVECERÍA POLAR, C.A. contra actos del SENIAT. La decisión se basa en el decaimiento del objeto de la demanda, dado que se había declarado improcedente la solicitud de amparo y se ordenó el archivo del expediente principal. Se enfatiza la importancia de las notificaciones electrónicas en el proceso.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre la acción de amparo cautelar ejercida conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico SNAT/2005/0056, de fecha 27 de enero de 2005, emanada del Superintendente Nacional Aduanero y Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.136 de fecha 28 de febrero de 2005, realizada por el abogado Juan Domingo Alfonzo Paradisi, antes identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa Cervecería Polar, C.A. Sin embargo, examinadas las actas procesales que conforman el presente cuaderno separado, y en especial el contenido de la decisión número 00230 de fecha 10 de marzo de 2010, dictada por esta Sala, en la cual se declaró “(…) IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional ejercida de manera conjunta al recurso contencioso administrativo de nulidad (…)” ejercido contra los actos contenidos en las Providencias Administrativas signadas con los alfanuméricos SNAT/2002/1419, SNAT/2002/1455 y SNAT/2005/0056, todas emanadas del Superintendente Nacional Aduanero y Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en fechas 15 de noviembre, 5 de diciembre de 2002 y 27 de enero de 2005, publicadas en las Gacetas Oficiales de la República Bolivariana de Venezuela números 37.573, 37.585 y 38.136, de fechas 19 de noviembre de 2002, 5 de diciembre de 2002 y 28 de febrero de 2005, respectivamente, mediante las cuales se designaron como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes Especiales de dicho impuesto. Igualmente, esta Sala por sentencia número 00023 del 4 de abril de 2024, declaró el decaimiento del recurso de nulidad ejercido contra las citadas Providencias Administrativas y, por consiguiente, el archivo del expediente principal.

Dispositiva

ORDENA el cierre y archivo del presente cuaderno separado, conforme a las consideraciones indicadas en la motiva del presente fallo.

Palabras clave

CierreArchivoContencioso AdministrativoAmparo Constitucional

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