Sentencia N° 938 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de junio de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00938, Exp. 2014-0530, 17/06/2014
Expediente2014-0530
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-06-12
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por la Asociación Cooperativa Morichal 04 RL contra una decisión de la Superintendencia Nacional de Cooperativas. La Sala declaró su competencia para conocer del recurso, pero inadmitió la solicitud de amparo cautelar presentada simultáneamente, argumentando que la parte actora había optado por recurrir a dos vías judiciales alternas sin alegar subsidiaridad. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en la necesidad de garantizar el debido proceso.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la acción de amparo cautelar fue ejercida de forma simultánea con el recurso de nulidad, lo que resulta inadmisible según lo dispuesto en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se establece que la parte actora no puede acudir a dos vías judiciales alternas sin alegar subsidiaridad, lo que lleva a la inadmisibilidad de la acción de amparo cautelar solicitada. La Sala, por tanto, se declara competente para conocer del recurso de nulidad, pero inadmite la solicitud de amparo cautelar.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el recurso de regulación de competencia de oficio suscitado en el presente proceso. 2.- Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad con acción de amparo cautelar y “MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA (…) dirigida a la suspensión de efectos del acto administrativo”, interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA MORICHAL 04 RL, contra la Resolución N° 049 del 07 de junio de 2013, dictada por el entonces Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y LOS MOVIMIENTOS SOCIALES, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por los ciudadanos Cruz Ramón MAZA, Yhean Carlos BOTELLO CAMACHO y Cervando Jesús PEINADO Rangel, actuando como miembros de la referida Asociación. 3.- Se ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, en lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso de nulidad interpuesto. 4.- INADMISIBLE la solicitud de amparo cautelar.

Palabras clave

nulidadamparo cautelarcompetenciaactos administrativos

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