Sentencia N° 937 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de junio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00937, Exp. 2003-0518, 19/06/2003
Expediente2003-0518
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una consulta sobre una decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar una acción de amparo constitucional interpuesta por el Banco Federal C.A. contra una resolución de la Superintendencia de Bancos. La Sala, tras analizar la situación, determinó que no había materia sobre la cual decidir, dado que la causa principal había sido extinguida por el desistimiento del recurso de nulidad. En consecuencia, se declaró que no había lugar para el amparo cautelar solicitado.

Extracto de la motiva

Cuando, como en el presente caso, se ejerce el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con la acción de amparo constitucional contra un acto administrativo de efectos particulares, conforme al segundo párrafo del artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta acción tiene la función de una medida cautelar, mediante la cual el Juez con su pronunciamiento favorable, debe evitar que al recurrente le sean violentados derechos o garantías de rango constitucional, entre tanto es resuelta su pretensión anulatoria. De allí, el carácter subsidiario del amparo conjunto y por ende, su indefectible vinculación a la causa principal cuya terminación, conlleva consecuencialmente a la extinción de la protección constitucional eventualmente acordada, por cuanto se pierde el objeto preventivo de la misma.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA QUE NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la consulta de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 4 de mayo de 1999, mediante la cual se declaró sin lugar la acción de amparo cautelar incoada por la sociedad mercantil BANCO FEDERAL C.A.. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalrecurso contencioso administrativonulidadactos administrativosderechos constitucionalesmedida cautelardesistimiento

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