Sentencia N° 936 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de agosto de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00936, Exp. 2018-0406, 30/10/2025
Expediente2018-0406
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2023-08-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 00753, declaró procedente la extensión de los efectos de una medida cautelar a favor de Banco Provincial S.A. Banco Universal, relacionada con la nulidad de varios decretos y resoluciones emitidos por diferentes municipios. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la justicia y el cumplimiento de la ley en el contexto de la controversia tributaria entre las partes involucradas.

Extracto de la motiva

Por tal razón, y visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, establecen la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ha ordenado realizar un análisis de las actas que conforman el expediente, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal y, de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a que se practique la notificación de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes.

Dispositiva

Se ordena NOTIFICAR al ALCALDE DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y al SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LEONARDO INFANTE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, del contenido del presente fallo y de la sentencia número 00753 de fecha 3 de agosto de 2023, otorgándoseles dos (2) días continuos en razón del término de la distancia, para entenderse como notificados.

Palabras clave

Medida cautelarNulidadContencioso administrativo

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