Sentencia N° 933 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de octubre de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00933, Exp. 2014-1471, 19/10/2023
Expediente2014-1471
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2023-10-19
DecisiónORDENA

Resumen

El Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario remitió un expediente a la Sala Político-Administrativa relacionado con un recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra una sentencia que declaró parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario. La Sala decidió verificar la tempestividad del recurso y ordenó requerir información adicional a la Jueza Coordinadora de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos. Finalmente, se establecieron plazos para la presentación de alegatos y se ordenó la notificación electrónica de las decisiones.

Extracto de la motiva

Por tal motivo, esta Superioridad con el objeto de garantizar una tutela judicial efectiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, según el cual podrá “(…) en cualquier estado de la causa (…) solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes (…)”, estima necesario dictar auto para mejor proveer con el propósito de requerir a la Jueza Coordinadora de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, remita a esta Alzada la tablilla de los días hábiles transcurridos en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, entre el día 18 de noviembre de 2002 exclusive, fecha en la cual la sociedad mercantil accionante fue notificada de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo signada con el alfanumérico GCE-SA-R-2002-035 hasta el 26 de febrero de 2003 inclusive, fecha en la cual la empresa accionante interpuso el aludido medio de impugnación judicial, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en el expediente la notificación practicada; con la advertencia de que el incumplimiento en suministrar lo requerido podrá dar lugar a la aplicación de la sanción contemplada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.684 Extraordinario de fecha 19 de enero de 2022, “(…) equivalente hasta doscientas veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela, a las personas funcionarias o funcionarios que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministren oportunamente la informaciones, datos o expedientes que solicitare a ellos, sin perjuicio de las sanciones (…) disciplinarias a que hubiere lugar”.

Dispositiva

ORDENA librar oficio a la Jueza Coordinadora de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que se sirva remitir a esta Sala Político-Administrativa la tablilla de los días hábiles transcurridos en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, entre el día 18 de noviembre de 2002 exclusive, fecha en la cual la sociedad mercantil accionante fue notificada de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo signada con el alfanumérico GCE-SA-R-2002-035 hasta el 26 de febrero de 2003 inclusive, fecha en la cual la empresa accionante interpuso el aludido medio de impugnación judicial.

Palabras clave

tutela judicialrecurso contenciosoimpuesto sobre la rentaSENIATjurisdicción contenciosaadministrativa

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