La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la solicitud de levantamiento del velo corporativo a la empresa N&H Proyectos 2211 2005, C.A. La decisión se fundamenta en la falta de justificación para tal medida, a pesar de la conexión entre la empresa y sus accionistas. Además, se admitió la oposición a las medidas cautelares decretadas anteriormente, permitiendo que la parte demandada pueda defenderse adecuadamente.
Extracto de la motiva
motiva del fallo”. En fecha 8 de octubre de 2024, la abogada Sandra Mayela Herrera de Leiba (INPREABOGADO Nro. 278.455), actuando con el carácter de apoderada judicial de la entidad financiera Banco de Comercio Exterior, C.A. (BANCOEX), solicitó la aclaratoria y ampliación de la sentencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. El 10 de octubre de 2024, el abogado Sacha Rohan Fernández Cabrera (INPREABOGADO Nro. 70.772), actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil N&H Proyectos 2211 2005, C.A., demandada principal en la presente causa, consignó diligencia mediante la cual pidió que se declare improcedente la solicitud de aclaratoria y ampliación realizada por la demandante. El día 15 de octubre de 2024, los abogados Carlos César Moreno Bethermint (INPREABOGADO Nro. 44.849) y Sacha Rohan Fernández Cabrera, ya identificado, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Proyectos 2211 2005, C.A., realizaron formal oposición a las medidas cautelares decretadas por este Máximo Tribunal en fecha 18 de mayo de 2023.
Dispositiva
Se declara improcedente la solicitud de levantamiento del velo corporativo a la empresa N&H Proyectos 2211 2005, C.A.