Sentencia N° 929 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00929, Exp. 2015-0814, 03/08/2017
Expediente2015-0814
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Mallas del Centro Mallacentro, C.A. contra la Resolución del SENIAT que declaró sin lugar un recurso jerárquico. La Sala revocó la sentencia del Tribunal Superior Noveno, declarando con lugar el recurso del Fisco Nacional y ordenando la verificación de los hechos conforme al Código Orgánico Tributario. Se condenó a la empresa al pago de costas procesales.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que la contribuyente nada argumentó en el escrito del recurso contencioso tributario respecto a los comprobantes de retención que presentan inconsistencias en su información, por el monto de dos mil catorce bolívares con cuarenta y cinco céntimos (Bs. 2.014,45); por consiguiente, al no ser desfavorable a la República, queda firme el rechazo de las retenciones por este concepto. Así se decide. Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, observa esta Alta Instancia que la controversia planteada queda circunscrita a verificar si el a quo incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho y consecuencialmente, falta de aplicación del artículo 156 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable ratione temporis, que consagra el principio de libertad probatoria en materia tributaria. No obstante, la Sala advierte que la contribuyente nada argumentó en el escrito del recurso contencioso tributario respecto a los comprobantes de retención que presentan inconsistencias en su información, por el monto de dos mil catorce bolívares con cuarenta y cinco céntimos (Bs. 2.014,45); por consiguiente, al no ser desfavorable a la República, queda firme el rechazo de las retenciones por este concepto. Así se decide.

Dispositiva

1.- FIRME al no haber sido objeto del recurso contencioso tributario y no desfavorecer los intereses de la República, el rechazo de las retenciones por el monto de dos mil catorce bolívares con cuarenta y cinco céntimos (Bs. 2.014,45), al estar soportadas en comprobantes que presentan inconsistencias en su información. 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva Núm. 015/2015 dictada el 15 de abril de 2015 por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la empresa MALLAS DEL CENTRO MALLACENTRO, C.A., contra la Resolución Núm. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0241 de fecha 30 de abril de 2013, notificada el 6 de junio del referido año, suscrita por el Gerente de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual queda FIRME. SE CONDENA EN COSTAS a la contribuyente de autos, conforme a lo expresado en el presente fallo.

Palabras clave

Contencioso TributarioRetencionesSENIAT

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