Sentencia N° 928 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00928, Exp. 2012-1299, 31/07/2013
Expediente2012-1299
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-07-30
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de acumulación de dos causas contenciosas administrativas de nulidad. La recurrente, Teresa Assaf, solicitó la acumulación de su causa con la de María Teresa Rangel, argumentando que ambas acciones se referían al mismo acto administrativo. Sin embargo, la Sala determinó que no era procedente la acumulación debido a que en una de las causas ya se había celebrado la audiencia de juicio, mientras que en la otra aún no se había realizado, lo que impedía la acumulación según lo establecido en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse en relación a la solicitud de acumulación planteada por la representación judicial de la recurrente, y al respecto se observa: A través de la diligencia presentada el 3 de marzo de 2013, la apoderada judicial de la recurrente solicitó la acumulación de la presente causa con el asunto que se sustancia ante esta Sala, signado con el número de 2012-1298 correspondiente a la acción de nulidad ejercida por la ciudadana María Teresa Rangel, contra el mismo acto administrativo impugnado en la presente causa, justificando la procedencia de dicha acumulación en que ambas causas “corresponden a Acciones de Nulidad ejercidas en contra del mismo acto administrativo contenido en el Auto Decisorio N° 08-01-PADR-003-2012 de fecha 14 de marzo de 2012 emanado de la Contraloría General de la República; todo en beneficio de la economía procesal y a los fines de evitar sentencias que puedan resultar contradictorias.” Para la decisión de la petición que ha sido formulada, debe señalarse que la figura de la acumulación obedece a la necesidad de evitar que eventualmente se dicten fallos contradictorios en causas que guardan relación entre sí. Asimismo, como se ha indicado en decisiones anteriores, la acumulación tiene también por finalidad, influir positivamente en la celeridad procesal, ahorrando tiempo y recursos al decidir en una sola sentencia asuntos que no tendrían por qué ventilarse en procesos diferentes.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE la acumulación de la presente causa, con la sustanciada en el expediente Nro. 2012-1298 de la nomenclatura llevada por este órgano jurisdiccional. Publíquese, regístrese y comuníquese. Se ordena la continuación del procedimiento. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

acumulaciónnulidadcontencioso administrativo

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