Sentencia N° 925 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de agosto de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00925, Exp. 2014-1505, 03/08/2017
Expediente2014-1505
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Julio Rodríguez Manchado contra la sentencia interlocutoria Núm. 087/2014, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de una resolución del SENIAT. La Sala argumenta que no se presentaron pruebas suficientes que demuestren el periculum in damni, requisito necesario para la procedencia de la medida cautelar. Se confirma la decisión del tribunal inferior y se condena al apelante en costas procesales.

Extracto de la motiva

Esta sentenciadora al analizar el periculum in damni por una presunta afectación patrimonial, en el supuesto de ejecutarse por parte de la Administración Tributaria el cobro de impuestos, multas y accesorios, se hace necesario que se acompañe a la solicitud, conforme al criterio asentado en sentencia No. 01455 del 15-09-2004, dictada por la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, la presentación de elementos financieros que faciliten el análisis del precitado daño, entre los cuales podemos enunciar estados financieros y cortes de cuentas bancarios correspondiente al mes en que se esta solicitando la medida. En ese sentido, puede constatar el Tribunal que las declaraciones de ISLR del contribuyente al ejercicio fiscal entre el 01 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2006. Las facturas emitidas por Centro Médico Docente El Paso, C.A., no son pruebas suficientes a fin de comprobar que efectivamente existe el peligro de inminente que pudiere sufrir la contribuyente por el pago de los derechos pendientes a favor de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto el apoderado judicial de la accionante no aportó elementos que demostraran la potencial insolvencia o afectación patrimonial, como pudieron haber sido, y lo ha señalado en varias sentencias el Tribunal Supremo de Justicia, los Balances de Comprobación mensuales, los estados financieros, cortes de cuenta bancarios, constancias bancarias donde se evidenciaron la situación patrimonial del recurrente, entre otros.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JULIO RODRÍGUEZ MANCHANDO, ya identificado, contra la sentencia interlocutoria Núm. 087/2014, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas en fecha 29 de julio de 2014, la cual se CONFIRMA. 2.- IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el mencionado ciudadano.

Palabras clave

apelaciónmedida cautelarsuspensión de efectoscontencioso tributario

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca