Sentencia N° 924 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de julio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00924, Exp. 2015-0669, 30/07/2015
Expediente2015-0669
PonenteINOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaLaboral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-07-29
DecisiónRevoca

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. La ciudadana Ingrid Migleida García de Martínez solicitó la calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, argumentando que se encontraba amparada por el Decreto Presidencial de Inamovilidad Laboral.

Extracto de la motiva

Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, numeral, 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26 numeral 20, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala Político-Administrativa, conocer la consulta de jurisdicción planteada y, al respecto, observa: De la revisión de las actas procesales se evidencia que mediante decisión de fecha 5 de junio de 2015, cursante a los folios 9 al 13 del expediente, el Tribunal remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, por órgano de la Inspectoría del Trabajo respectiva, para conocer y decidir la demanda por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por la accionante, en virtud de encontrarse, presuntamente, amparada por la inamovilidad laboral especial establecida por el Ejecutivo Nacional, mediante Decreto Presidencial N° 1.583 de fecha 30 de diciembre de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.168 Extraordinario del mismo día.

Dispositiva

1.- QUE EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN PARA CONOCER LA PRESENTE CAUSA. 2.- REVOCA la sentencia dictada el 5 de junio de 2015, por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. 3.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO BOLÍVAR, conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por la ciudadana INGRID MIGLEIDA GARCÍA DE MARTÍNEZ, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES (INASS).

Palabras clave

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