Sentencia N° 923 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00923, Exp. 2000-0811, 06/04/2006
Expediente2000-0811
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-04-05
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de ALNOVA, C.A. La controversia se centró en la aplicación de sanciones por incumplimiento de deberes formales en los libros de compras y ventas, así como en las facturas fiscales. La Sala revocó el fallo apelado en lo relativo a la graduación de las multas, confirmando el incumplimiento de deberes formales y la concurrencia de infracciones.

Extracto de la motiva

Vista la declaratoria contenida en el fallo apelado, así como las alegaciones formuladas en su contra por el apelante, en representación del Fisco Nacional, la controversia planteada en el caso de autos se circunscribe a decidir si tal como lo expone, hubo omisión de pronunciamiento en la sentencia apelada, y si el vicio de “errónea aplicación de la normativa” a partir de un “falso supuesto de hecho” que se denuncia afecta a la recurrida, específicamente respecto a la aplicación de los artículos 106, 108 y 74 del Código Orgánico Tributario de 1994, en concordancia con el artículo 37 del Código Penal, bajo cuya observancia se impusieron multas a la contribuyente como sanción al incumplimiento de deberes formales relativos a los requisitos previstos en los artículos 63 literal “k”, 78 literales “d” y “f” y 79 literal “d” del Reglamento de la Ley del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor de 1994, vigente para la fecha. En primer lugar, es necesario advertir que el Tribunal a quo declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente, y visto que la misma no apeló del mencionado fallo quedan firmes los pronunciamientos sobre el incumplimiento de los deberes formales en los términos expresados en la sentencia referida. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentes, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 4 de mayo de 2000, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por ALNOVA, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Sanción N° MH-SENIAT-GCE-DF-0680/97-06 dictada por La Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), y contra las planillas de liquidación identificadas con los números correlativos desde el 110101228-0-00296 hasta el 110101228-0-00331, todas de fecha 17 de diciembre de 1998, por la cantidad total de diez millones doscientos once mil seiscientos veinticinco bolívares (Bs. 10.211.625,00), emitidas por concepto de multas por incumplimiento de las formalidades que deben contener los libros de compras y ventas y las facturas fiscales, según lo previsto en la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor y su Reglamento, ambos de 1994. En consecuencia, se REVOCA del fallo apelado el pronunciamiento relativo a la graduación de las multas; se CONFIRMA el pronunciamiento relativo al incumplimiento de deberes formales y a la concurrencia de infracciones; y se anulan los actos administrativos antes identificados, en los términos expuestos en la presente decisión.

Palabras clave

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