La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda por abstención presentada por el abogado José Gregorio Moronta contra el Procurador General de la República, debido a la falta de respuesta a solicitudes realizadas en varias fechas. La Sala declaró su competencia para conocer de la demanda, pero la consideró inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, específicamente en cuanto a la justificación de la solicitud de información.
Extracto de la motiva
Siendo así, es conveniente referir que en el presente caso estamos frente a una demanda por abstención contra la supuesta falta de una oportuna y adecuada respuesta por parte del Procurador General de la República, motivo por el cual esta Máxima Instancia considera que la misma debe ser sustanciada por el procedimiento breve en los términos descritos en la sentencia parcialmente transcrita. (Vid., entre otras, sentencia de esta Sala Nro. 00291 de fecha 6 de abril de 2017). Así se decide.
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer de la demanda por abstención incoada por el abogado JOSÉ GREGORIO MORONTA, ya identificado, actuando en su nombre, contra el ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, por la falta de respuesta a las solicitudes realizadas en fechas 25 de mayo, 20 de junio y 11 de julio de 2023. 2. INADMISIBLE la referida demanda por abstención.