Sentencia N° 920 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de junio de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00920, Exp. 2012-1730, 12/06/2014
Expediente2012-1730
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-06-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la continuación de la causa tras la intervención de la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC). Se argumentó que la suspensión de la causa se justificaba por la intervención de la empresa, ordenada por decreto presidencial. Sin embargo, se constató que el decreto posterior ordenó el cese de dicha intervención, lo que llevó a la Sala a ordenar la continuación del proceso judicial.

Extracto de la motiva

De acuerdo a lo antes expuesto, se advierte que la presente causa ha estado suspendida conforme a lo decidido en el fallo N° 01304 de fecha 13 de noviembre de 2013, en virtud de la solicitud realizada por la representación judicial de la sociedad mercantil Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), con fundamento en la intervención de la referida empresa. En razón de lo anterior, esta Sala debe señalar que a través del Decreto Presidencial N° 21 de fecha 24 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.153 del mismo día y reformado parcialmente a través del Decreto Presidencial N° 452 de fecha 04 de octubre de 2013, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.265 de la misma fecha, la Presidencia de la República ordenó la intervención de la sociedad mercantil Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC). Asimismo, del referido Decreto N° 21 se constata que efectivamente, en el artículo 1° se ordenó “la intervención de la sociedad mercantil Corporación Eléctrica Nacional, S.A., (CORPOELEC)” y en el artículo 10 se estableció que “la Junta Interventora, ordenará la realización de un inventario de todos los bienes, contratos, convenios, títulos, derechos y litigios que posea o de los cuales sea titular…” dicha empresa. Ahora bien, es necesario indicar que en el transcurso del presente proceso la Presidencia de la República mediante Decreto N° 880 del 8 de abril de 2014, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.389 de la misma fecha, ordenó el cese de la medida de intervención de la sociedad mercantil Corporación Eléctrica Nacional S.A., atribuyéndole a la Junta Directiva en su artículo 3 “las más amplias facultades de decisión y ejecución de todas las actividades y gestiones necesarias para la transformación y consolidación” de la referida Corporación, por tanto, modificándose sobrevenidamente las razones que justificaban la suspensión en el presente proceso.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA LA CONTINUACIÓN DE LA CAUSA para lo cual se remitirá el expediente al Juzgado de Sustanciación para que siga sustanciando la misma previa notificación de las partes. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, a los fines antes señalados. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

intervenciónCORPOELECsuspensióncontinuación de la causa

Normas citadas

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca