La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Richard Alexis Nieto Barrios contra la Resolución Nº 415 del 26 de agosto de 2002, que confirmaba su destitución. La Sala fundamenta su decisión en la veracidad de las infracciones cometidas por el recurrente, las cuales fueron debidamente probadas en el expediente administrativo. Se destaca que el recurrente no logró desvirtuar las razones que llevaron a su destitución, las cuales estaban basadas en conductas indisciplinadas y en la vinculación con personas de dudosa reputación.
Extracto de la motiva
La Sala ha señalado que el vicio de falso supuesto de hecho que da lugar a la anulación de los actos administrativos, consiste en la falsedad de los supuestos o motivos en que se basó el funcionario que los dictó. Si ciertamente los motivos son totalmente diferentes, de tal manera que la decisión debió ser otra, cabe en consecuencia, hablar de falso supuesto de hecho. Examinando el caso de autos se observa, que de conformidad con la decisión del Director General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención, el recurrente fue destituido 'por mantener vinculación con personas involucradas con actividades de Narcotráfico y a su vez han estado incursas en la comisión de delitos contra la propiedad (Estafa); por frecuentar lugares de dudosa reputación, exponiendo de esta manera la buena fama de esta Institución Policial; incurriendo de esta manera en la comisión de faltas previstas y sancionadas por nuestro Reglamento Interno, en sus Artículos: 40; 41; 42; 43; 46 Ordinales 03, 07; 52; 53 Ordinal 02; 54 Ordinales 01,05; 60 y 62 Ordinales 02, 03, 04, 05, 08 y 09.'
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado por los apoderados judiciales del ciudadano RICHARD ALEXIS NIETO BARRIOS, contra la Resolución Nº 415 de fecha 26 de agosto de 2002, emanada del MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, contenida en el Oficio Nº 0699 de la misma fecha y suscrito por la misma autoridad, confirmatoria de la destitución acordada por el Director General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención, DISIP, notificada mediante Oficio Nº 1597 del 25 de junio de 1998, suscrito por el Director de Personal del mencionado Organismo de seguridad.
Palabras clave
nulidaddestituciónprocedimiento administrativoderecho a la defensaconducta indisciplinadavinculación con delitosReglamento InternoMinisterio del Interior