La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara su competencia para conocer la demanda por abstención interpuesta por José Gregorio Moronta contra el Contralor General de la República. La demanda fue presentada debido a la falta de respuesta a solicitudes realizadas por el demandante en relación a pasivos laborales de ex-trabajadores de la Faja Petrolífera del Orinoco. Sin embargo, la Sala determina que la demanda es inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, específicamente en cuanto a la justificación de la solicitud de información.
Extracto de la motiva
Siendo así, es conveniente referir que en el presente caso estamos frente a una demanda por abstención contra la supuesta negativa del Contralor General de la República al no dar respuesta a las solicitudes de fechas 10 de mayo, 7 y 29 de junio de 2023, relativas a la cancelación de los pasivos laborales del recurrente como ex trabajador de la Faja Petrolífera del Orinoco, motivo por el cual esta Máxima Instancia considera que la misma debe ser sustanciada por el procedimiento breve en los términos descritos en la sentencia parcialmente transcrita. (Vid., entre otras, sentencia de esta Sala Nro. 00291 de fecha 6 de abril de 2017). Así se decide.
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer la demanda por abstención interpuesta por el abogado JOSÉ GREGORIO MORONTA, antes identificado, actuando en su nombre, contra el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. 2. INADMISIBLE la referida demanda por abstención.
Palabras clave
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