La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Leticia del Carmen Ferreira Malavé contra la decisión de la Comisión Judicial que dejó sin efecto su designación como Jueza. La recurrente alegó violaciones a su derecho de defensa, inmotivación del acto administrativo, falso supuesto de hecho y desviación de poder, argumentando que su remoción fue injustificada y que no se le permitió defenderse adecuadamente. Sin embargo, la Sala determinó que la Comisión Judicial actuó dentro de su potestad discrecional y que no era necesario motivar la decisión de revocación de su nombramiento temporal.
Extracto de la motiva
La motivación de la decisión se centra en la facultad discrecional de la Comisión Judicial para dejar sin efecto la designación de jueces temporales, sin necesidad de un procedimiento administrativo previo o de motivación específica. La Sala enfatiza que la recurrente, al ser designada temporalmente, no goza de la estabilidad que otorga el ingreso a la carrera judicial por concurso, lo que justifica la decisión de la Comisión. Se concluye que no se configuraron los vicios alegados por la actora, desestimando así su recurso.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad incoado por la ciudadana LETICIA DEL CARMEN FERREIRA MALAVE contra la decisión de fecha 30 de julio de 2008, dictada por la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA que declaró sin lugar el recurso de reconsideración que interpusiera contra la resolución de fecha 24 de marzo de ese año, que dejó sin efecto su designación como Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Palabras clave
NulidadJueza TemporalComisión JudicialDerecho de DefensaContencioso-Administrativo