Sentencia N° 915 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de julio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00915, Exp. 2004-0433, 28/07/2004
Expediente2004-0433
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-07-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad interpuesto por INTERCASA, C.A. contra las Providencias Administrativas del SENIAT que designaban a contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado. La Sala argumentó que las providencias impugnadas vulneran el principio de legalidad tributaria y afectan derechos constitucionales como el derecho de propiedad y la capacidad contributiva de los contribuyentes ordinarios. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para continuar el proceso.

Extracto de la motiva

La Sala considera que las Providencias Administrativas impugnadas, al designar a los contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado, modifican la base imponible y afectan la capacidad contributiva de los contribuyentes ordinarios. Se argumenta que estas disposiciones, al establecer mecanismos de retención anticipada, vulneran el principio de legalidad tributaria y generan una carga impositiva indebida. Además, se destaca que la retención del impuesto al valor agregado por parte de los contribuyentes especiales afecta el derecho de propiedad de los contribuyentes ordinarios, quienes deben soportar costos adicionales sin la debida compensación.

Dispositiva

1.- ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho el recurso de nulidad ejercido por la sociedad mercantil recurrente antes identificada, contra las Providencias Administrativas Nos. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455 emanadas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por medio de las cuales se designan a los contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado. 2.- IMPROCEDENTE la extensión subjetiva de los efectos del mandamiento cautelar de amparo dictado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo del 18 de diciembre de 2002 (publicada mediante sent: Nº 2003-04 del 15 de enero de 2003), caso: Cervecería Polar Los Cortijos, C.A. 3.- IMPROCEDENTE el amparo constitucional solicitado de manera conjunta con el recurso de nulidad. 4.- SE ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la continuación del proceso, de conformidad con lo previsto en el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

nulidadamparo constitucionalimpuesto al valor agregadoagentes de retenciónprincipio de legalidad tributariaderecho de propiedadcapacidad contributiva

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