Sentencia N° 914 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de junio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00914, Exp. 2003-0575, 18/06/2003
Expediente2003-0575
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-06-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso de nulidad interpuesto por Marlene Campos Durán contra una resolución del Ministro de Educación que la sancionó con separación del cargo. La Sala determinó que corresponde a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital conocer del caso, en virtud de la naturaleza del acto administrativo impugnado y la relación funcionarial de la demandante. Se destaca la importancia de la Ley del Estatuto de la Función Pública en la regulación de la competencia judicial en estos casos.

Extracto de la motiva

La Sala establece que, al tratarse de un recurso de nulidad interpuesto contra un acto administrativo, es evidente que se trata de una controversia con ocasión a una relación funcionarial, cuyo conocimiento corresponde al Tribunal de la Carrera Administrativa. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se concluye que el presente asunto debe ser conocido por los Tribunales Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. La Sala enfatiza que la regulación de competencia es un aspecto fundamental para garantizar el derecho del juez natural y la correcta administración de justicia en materia contencioso-administrativa.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde a los JUZGADOS SUPERIORES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de amparo constitucional, por la ciudadana MARLENE CAMPOS DURÁN, asistida por la abogada Teresa de Jesús Pérez, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° 70 del 1° de febrero 1999, dictada por el MINISTRO DE EDUCACIÓN (hoy MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES), mediante la cual se le sancionó a la ciudadana antes mencionada con la separación del cargo de Coordinador Docente IV de la U.E.N “Rafael Seijas” por un lapso de dos (2) años. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al órgano jurisdiccional que ejerza funciones de Distribuidor.

Palabras clave

nulidadamparo constitucionalacto administrativorelación funcionarialcompetenciaMinisterio de EducaciónsanciónLey del Estatuto de la Función Pública

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