Sentencia N° 913 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de septiembre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00913, Exp. 2010-0516, 29/09/2010
Expediente2010-0516
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-09-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Compagnie Nationale Air France contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró improcedente el amparo cautelar solicitado. La Sala confirmó la decisión de la Corte, argumentando que la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia actuó dentro de sus facultades al imponer sanciones por prácticas restrictivas de la libre competencia. Se destacó que la resolución impugnada no vulneró los derechos a la libertad económica y a la presunción de inocencia de la recurrente, ya que se siguió un procedimiento administrativo adecuado y se valoraron las pruebas presentadas.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación interpuesta contra la sentencia N° 2009-00371 de fecha 12 de marzo de 2009, emanada de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Así, vistos los términos en que fue dictada la decisión recurrida, como los alegatos presentados por la representación judicial de la sociedad mercantil Compagnie Nationale Air France, los cuales se contraen a impugnar el pronunciamiento dictado por el a quo respecto a la medida de amparo cautelar solicitada, la Sala observa: De la revisión efectuada a las actas que conforman el expediente, se aprecia que los apoderados judiciales de la parte recurrente solicitaron se decretara amparo cautelar con el fin de que se les permitiera fijar libremente y “de acuerdo con la Resolución 808 de la International Air Transport Association (IATA)” las comisiones de las agencias de viaje que comercializan los boletos aéreos de sus rutas. En consecuencia, se indicó que el acto impugnado vulneró los derechos constitucionales de la Compagnie Nationale Air France, relativos a la presunción de inocencia y a la libertad económica. Al respecto, la prenombrada Corte declaró improcedente la acción de amparo constitucional al considerar que “la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia llegó a las conclusiones explanadas, en función de los análisis previos realizados, ya que la sanción impuesta al recurrente, fue consecuencia directa de la ejecución del procedimiento administrativo al que estuvo sometido, en virtud de las presuntas irregularidades, que a juicio de la Administración, se efectuaron en el ejercicio de sus funciones”, por lo que desestimó la denuncia de violación del principio de presunción de inocencia alegado.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil COMPAGNIE NATIONALE AIR FRANCE, con ocasión del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente medida de suspensión de efectos contra la Resolución N° SPPLC/0020 del 03 de noviembre de 2008, dictada por la SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA (PROCOMPETENCIA). En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuestos la sentencia N° 2009-00371 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en fecha 12 de marzo de 2009.

Palabras clave

Contencioso AdministrativoNulidadAmparo CautelarLibre Competencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca