La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Nestlé Venezuela, S.A. contra la declaratoria de abandono legal de mercancías. Se determinó que las mercancías efectivamente se encontraban en estado de abandono legal, lo que justificó su adjudicación directa al Fisco Nacional sin necesidad de remate, dado su carácter de interés social. La Sala revocó la sentencia de instancia que había declarado con lugar el recurso de la empresa, y declaró sin lugar el recurso contencioso tributario y la acción de amparo cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Administración Aduanera actuó conforme a derecho al declarar el abandono legal de las mercancías, dado que no se cumplió con el pago de los tributos aduaneros y el retiro de las mismas dentro del plazo establecido. Se concluye que la adjudicación directa al Fisco Nacional fue procedente, dado el interés social de las mercancías en cuestión. La Sala también desestima las alegaciones de la recurrente sobre la falta de notificación, ya que no existe obligación legal de notificar la declaratoria de abandono legal.
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTE la acumulación o continencia de causas solicitada; 2.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 014/2009, la cual se REVOCA; 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por NESTLÉ VENEZUELA, S.A.; 4.- HA DECAÍDO EL OBJETO de la apelación ejercida por la representación fiscal contra la sentencia interlocutoria Nro. 091/2008.
Palabras clave
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