Sentencia N° 91 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de febrero de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00091, Exp. 2008-0443, 27/02/2019
Expediente2008-0443
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2019-02-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia Nro. 00091, decreta la ejecución forzosa de la sentencia Nro. 00054 del 16 de febrero de 2017, que había declarado con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Gloria Josefina Rey Moreno. Se ordena la reincorporación de la recurrente al Poder Judicial y el pago de salarios dejados de percibir desde su separación en marzo de 2008 hasta su reincorporación.

Extracto de la motiva

Así pues, en atención a lo previsto en las disposiciones legales antes transcritas y visto que no consta la ejecución voluntaria del fallo de esta Sala, se ordena al Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia instruir a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a fin de que reincorpore a la ciudadana Gloria Josefina Rey Moreno al Poder Judicial en el cargo que ostentaba para el momento en que fue dejada sin efecto su designación, o a otro de igual categoría en la misma Circunscripción Judicial. Así se decide. Igualmente, visto que a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura le corresponde cumplir con la obligación de pago a la recurrente, por ser el órgano desconcentrado que ejerce la función de administración del Poder Judicial, de conformidad a lo previsto en el artículo 1° de la Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, dictada por la Sala Plena de este Máximo Tribunal publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.014 de fecha 15 de agosto de 2000, se ordena que una vez reincorporada, realizar el pago “de los salarios dejados de percibir por la recurrente, así como de los demás beneficios laborales que no impliquen el ejercicio efectivo del cargo, desde la fecha en que fue separada de sus funciones (24 de marzo de 2008), hasta su efectiva reincorporación”, para lo cual deberá incluirse el monto en la partida respectiva de los próximos dos (2) ejercicios presupuestarios, salvo que exista disponibilidad en el vigente presupuesto. Así se establece. Asimismo, se ordena al Director Ejecutivo de la Magistratura que, una vez reincorporada la accionante, evalúe el expediente administrativo a fin de verificar si la misma cumple con los requisitos necesarios para que le sea otorgado el beneficio de jubilación. Así se establece. De igual manera, sea agregada copia de la decisión que resuelve el mérito de la causa al expediente personal de la accionante, llevado por esa Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Así se establece. Determinado lo anterior, se le concede al Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y a la Director Ejecutivo de la Magistratura, un lapso de quince (15) días continuos, una vez consten en autos las notificaciones que a los efectos serán libradas, para que informe sobre lo ordenado en la presente decisión. Así se determina.

Dispositiva

Se ORDENA al Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia instruir a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a fin de que reincorpore a la ciudadana Gloria Josefina Rey Moreno al Poder Judicial en el cargo que ostentaba para el momento en que fue dejada sin efecto su designación, o a otro de igual categoría en la misma Circunscripción Judicial. Se ORDENA al Director Ejecutivo de la Magistratura, una vez reincorporada la actora, realizar el pago de los salarios dejados de percibir por la recurrente, así como de los demás beneficios laborales que no impliquen el ejercicio efectivo del cargo, desde la fecha en que fue separada de sus funciones (24 de marzo de 2008), hasta su efectiva reincorporación.

Palabras clave

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