Sentencia N° 91 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de enero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00091, Exp. 0236, 29/01/2002
Expediente0236
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-01-24
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Roberto Rahn Montserrat en representación de Nelson Castellano. Se determinó que el recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento, lo que llevó a la Sala a declarar el desistimiento del recurso conforme al artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia. La decisión fue firmada y sellada el 24 de enero de 2002.

Extracto de la motiva

El artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia dispone: “En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar de periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (negrillas de la Sala). Ahora bien, observa esta Sala que el artículo supra transcrito, establece un lapso de quince (15) días consecutivos siguientes a la fecha de expedición del cartel de emplazamiento para que el recurrente lo retire, publique y, posteriormente, consigne en autos un ejemplar del periódico donde conste dicha publicación, so pena de declarar el desistimiento del recurso y el consiguiente archivo del expediente, si no se diere cumplimiento al mencionado procedimiento. Asimismo, esta Sala ha sostenido reiteradamente que cuando el recurrente no cumple con la carga procesal de retirar el cartel, publicarlo y consignar un ejemplar del mismo, está denotando poco o ningún interés en la demanda y por ello ha entendido la declaratoria de desistimiento como una sanción para el recurrente en virtud del manifiesto desinterés de éste en el procedimiento.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado Roberto Rahn Montserrat, actuando como apoderado judicial del ciudadano Nelson Castellano, contra la Resolución DGSP Nº 000517 de fecha 26 de agosto de 1999, emanada del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante la cual fue destituido del cargo de Ministro Consejero en la Embajada de Venezuela en la República Francesa el ciudadano anteriormente señalado. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente y remítanse los antecedentes administrativos.

Palabras clave

desistimientorecurso contencioso administrativonulidadMinisterio de Relaciones Exteriorescartel de emplazamientonotificaciónLey Orgánica de la Corte Suprema de Justicia

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