Sentencia N° 908 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de junio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 00908, Exp. 2004-0201, 30/07/2015
Expediente2004-0201
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-06-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre los recursos de nulidad interpuestos por Barinas Ingeniería, C.A. contra las Resoluciones Nos. 024 y 025 del Ministro de Infraestructura, que declararon inadmisibles los recursos jerárquicos contra las Planillas de Liquidación N° 012 y N° 013. La Sala declaró con lugar el recurso de nulidad, argumentando que las planillas de liquidación son actos administrativos que afectan los derechos de la empresa, y que la inadmisibilidad de los recursos jerárquicos fue incorrecta. Se ordenó la nulidad de las resoluciones ministeriales y se mantuvieron firmes las planillas de liquidación.

Extracto de la motiva

La Sala, al analizar los recursos de nulidad interpuestos, establece que las Planillas de Liquidación N° 012 y N° 013, emitidas por el Ministerio de Infraestructura, constituyen actos administrativos que deben ser impugnables. Se argumenta que la inadmisibilidad de los recursos jerárquicos por parte del Ministro fue errónea, ya que las planillas afectan directamente los derechos patrimoniales de la empresa recurrente. La Sala concluye que, al no ser actos administrativos, las resoluciones que declararon inadmisibles los recursos jerárquicos son nulas, y se reafirma la necesidad de que la administración justifique adecuadamente sus decisiones en el marco del debido proceso.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Barinas Ingeniería, C.A. (BAICA) contra las Resoluciones Nos. 024 y 025 dictadas el 15 de septiembre de 2003 por el entonces Ministro de Infraestructura, y se ordena la nulidad de dichas resoluciones. Se mantienen firmes las Planillas de Liquidación Nos. 012 y 013, emitidas el 10 de enero de 2003 por la División de Contabilidad Fiscal adscrita a la Dirección de Finanzas del Ministerio de Infraestructura.

Palabras clave

NulidadContencioso-AdministrativoPlanillas de LiquidaciónMinisterio de InfraestructuraDerechos Patrimoniales

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