La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia número 00418, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional y con lugar el recurso contencioso tributario presentado por Marco Antonio Rodríguez Vásquez. Se ordenó la devolución de un automóvil, previo pago del impuesto de importación correspondiente. Además, se anularon actos administrativos relacionados con el reconocimiento del vehículo por parte del SENIAT.
Extracto de la motiva
motiva de este fallo. NO PROCEDE LA CONDENATORIA EN COSTAS a la República. Publíquese, regístrese y Comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado. (…)”. En fecha 11de octubre de 2022, se libraron oficios números 1726, 1727, 1728 y 1729 dirigidos al Procurador General de la República, al Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Gerente de la Aduana Principal Las Piedras de Paraguaná del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y al ciudadano Marco Antonio Rodríguez Vásquez o cualquiera de sus apoderados judiciales, respectivamente, a los fines de notificarlos de la referida sentencia número 00418 de fecha 11 de agosto de 2022. En fecha 13 de diciembre de 2022, el Alguacil
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra el fallo definitivo Nº 1465 dictado el 18 de octubre de 2016 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, el cual se CONFIRMA. 2.- CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado con solicitud de medida cautelar innominada por el consignatario MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, contra el Acta de Nuevo Reconocimiento y la Decisión Administrativa. 3.- Se ORDENA a la Gerencia de la Aduana Principal la devolución del automóvil antes descrito, previo pago del impuesto de importación correspondiente.