Sentencia N° 906 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de julio de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00906, Exp. 2013-0561, 30/07/2015
Expediente2013-0561
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-07-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de Inversiones 201017 C.A. La Sala revocó el pronunciamiento del tribunal inferior en cuanto al valor de la unidad tributaria aplicable, confirmando la liquidación de los intereses moratorios y ordenando el recálculo de las multas impuestas. Se estableció que la sanción de multa debe ser calculada al equivalente en unidades tributarias que se encuentre vigente al momento de la comisión del ilícito.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa conocer el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva N° 1.990 de fecha 20 de noviembre de 2012, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/4325 del 16 de septiembre de 2011 por la sociedad mercantil Inversiones 201017 C.A. De esta forma, en virtud de la declaratoria contenida en la sentencia apelada y las alegaciones expuestas en su contra por la representación fiscal, se advierte que la controversia planteada se circunscribe a dilucidar si el fallo dictado por el a quo incurrió en el vicio de falso supuesto de derecho por errónea interpretación de la ley, al aplicar el valor de la unidad tributaria vigente para el momento del pago de la obligación principal. Por otra parte, visto que el recurso contencioso tributario fue declarado parcialmente con lugar y que la sociedad mercantil Inversiones 201017 C.A., no apeló de los pronunciamientos que le desfavorecen referidos a la improcedencia del vicio de falso supuesto de derecho y de la confiscatoriedad de las multas, así como la procedencia de los intereses moratorios, los mismos quedan firmes. Así se declara.

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los ciudadanos (...) actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de INVERSIONES 201017, C.A, (...). En consecuencia: 1. SE ANULA PARCIALMENTE la Resolución No. SNAT/INTI/GRTCERC/DJT/2011/4325, de fecha 16 de septiembre de 2011, emanada del Gerente Regional de Tributos Internos Contribuyentes Especiales Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 2. SE CONFIRMAN los montos por concepto de intereses moratorios, por la cantidad de QUINCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS BOLÍVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (sic) (Bs.F. 23.362,88). 3. SE ORDENA a la Administración Tributaria el recálculo de las multas impuestas y la expedición de nuevas planillas de liquidación, conforme a lo expuesto en el presente fallo. 4. SE ORDENA la notificación de la Ciudadana Procuradora General de la República, al Ciudadano Fiscal del Ministerio Público con Competencia en Materia Tributaria y de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 277 del Código Orgánico Tributario. Líbrense las correspondientes boletas”.

Palabras clave

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