Sentencia N° 902 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de julio de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00902, Exp. 2004-0639, 22/07/2004
Expediente2004-0639
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-07-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Rosalino Vivas Márquez contra las decisiones del Alcalde del Municipio Francisco de Miranda, que lo destituyeron de su cargo. La Sala argumentó que se violaron los derechos al debido proceso y a la defensa del accionante, ya que no se siguió el procedimiento administrativo correspondiente para su destitución. La decisión reafirma la importancia de garantizar los derechos laborales y la estabilidad en el empleo público.

Extracto de la motiva

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Constitucional arriba a la conclusión de que se le violentaron al accionante los derechos contemplados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esto es, su derecho al debido proceso y a la defensa, puesto que se prescindió de todo procedimiento para separarlo del cargo que desempeñaba en la Oficina de Asistencia Técnica Agropecuaria de la Alcaldía del Municipio Francisco de Miranda del Estado Táchira, y por tanto, se impidió al referido ciudadano, ejercer en forma debida su derecho a la defensa en sede administrativa de su cargo, e intentar, de ser procedente, la correspondiente querella funcionarial, por lo que el presente Recurso de Amparo Constitucional debe declararse Con Lugar y ASÍ SE DECIDE.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) Que corresponde a la SALA CONSTITUCIONAL de este Tribunal Supremo de Justicia conocer en consulta de la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, el 20 de enero de 2004, por medio de la cual se confirmó (por vía de consulta) la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 27 de noviembre de 2003, que declaró con lugar la acción autónoma de amparo interpuesta por el ciudadano Rosalino Vivas Márquez, asistido por el abogado David Augusto Niño Andrade, previamente identificados, contra “LAS VÍAS DE HECHO ADMINISTRATIVAS TOMADAS POR EL ALCALDE DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO TÁCHIRA, LUBIN ANTONIO CARRERO ARAQUE, para destituir[lo] de (su) cargo como funcionario al servicio de la Oficina de Asistencia Técnica Agropecuaria de la Alcaldía”. En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente a la Sala competente antes indicada.

Palabras clave

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