La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por los apoderados de Rosina Noto Saglimbeni, debido al incumplimiento en la presentación de la fundamentación de la apelación dentro del lapso establecido. La decisión se basa en el análisis de las actas del caso, donde se evidencia que no se cumplió con la carga procesal de fundamentar la apelación en el tiempo fijado por el auto correspondiente.
Extracto de la motiva
Del examen de las actas que componen la presente causa, se desprende que ha transcurrido el término de quince (15) días de despacho, fijados en el auto de fecha 27 de marzo de 2007, para que se presentara la apelación. En este sentido, se evidencia el incumplimiento de los apoderados judiciales de la ciudadana ROSINA NOTO SAGLIMBENI, de la carga procesal de fundamentar la apelación planteada, razón por la cual debe esta Sala declarar el desistimiento de la apelación, de conformidad con lo dispuesto en el aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la ciudadana ROSINA NOTO SAGLIMBENI, contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2006, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.