El abogado Enrique Pérez Bermúdez interpuso un recurso de nulidad contra un acto administrativo del Ministro de la Defensa que confirmó su pase a situación de retiro por medida disciplinaria. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los argumentos del recurrente, que alegaba violaciones al debido proceso y falsedad en la imputación de hechos. La Sala concluyó que no hubo violación de derechos y que el procedimiento administrativo fue correcto.
Extracto de la motiva
Se evidencia de las actas procesales que corren insertas en el expediente administrativo lo siguiente: A los folios sesenta y cuatro (64) al ciento veintisiete (127) se encuentra el 'INFORME ADMINISTRATIVO INSTRUIDO POR EL TTE. (GN) (...) AL GN. JOSÉ ALVAREZ ROBERT (...), POR LA COMISIÓN DE UNA FALTA GRAVE, COMO LO ES INTENTAR LA ENTRADA O SALIDA DEL CUARTEL O ESTABLECIMIENTO MILITAR CUANDO ESTE SE HALLE CERRADO Y SIEMPRE QUE NO SE TENGA LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE Y LA PERMANENCIA ARBITRARIA FUERA DEL CUARTEL, CONTEMPLADA EN LOS ARTÍCULOS 117 APARTE 31 Y 32 DEL REGLAMENTO DE CASTIGO DISCIPLINARIO'. En tal sentido, en el folio sesenta y cinco (65) comienza el antes mencionado Informe, instruido por la Unidad 'ESGUARNAC-RAMO VERDE', con el Nº 002, fecha de inicio el 19 de octubre de 1999 y de finalización el 23 del mismo mes y año, por evasión de las instalaciones del cuartel con perjuicio del servicio sin causa justificada.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano ROBERT JOSÉ ÁLVAREZ, antes identificado, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº. DS-7607 de fecha 10 de diciembre de 2001, suscrito por el ciudadano MINISTRO DE LA DEFENSA. Publíquese, regístrese, comuníquese, archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo al organismo correspondiente.
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