La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por el ciudadano Deyne Coromoto Montero, debido a que no cumplió con la carga procesal de fundamentar la apelación en el lapso establecido. La decisión se basa en la revisión de las actas del expediente, donde se constató que había transcurrido el tiempo fijado sin que se presentaran alegatos. En consecuencia, se mantiene firme el fallo apelado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.
Extracto de la motiva
De la revisión de las actas que conforman el expediente, se desprende que ha transcurrido con creces el lapso de quince (15) días de despacho fijados en el auto de fecha 23 de enero de 2007, sin que la parte recurrente, ciudadano Dayne Coromoto Montero, haya dado cumplimiento a la carga procesal de fundamentar la apelación planteada, razón por la cual debe esta Sala declarar el desistimiento de la apelación, de conformidad con lo dispuesto en el aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por el ciudadano DEYNE COROMOTO MONTERO, contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 2006, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.