Sentencia N° 898 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de octubre de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00898, Exp. 2025-0251, 23/10/2025
Expediente2025-0251
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2025-10-23
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Supermercado El Gordo Joalkar, C.A. contra la resolución del SENIAT que impuso sanciones tributarias. Se anula el quantum de las sanciones impuestas, ordenando a la Administración Tributaria recalcularlas aplicando correctamente las reglas de concurrencia de infracciones. La decisión reafirma la validez de las actuaciones del SENIAT durante el proceso de fiscalización y determina que no hubo violación al principio de legalidad.

Extracto de la motiva

La norma citada establece la institución de la concurrencia o concurso de delitos, entendida como la comisión de dos (2) o más hechos punibles verificados en un mismo procedimiento fiscalizador. (Vid. Sentencia de esta Sala número 00311 del 28 de mayo de 2024, caso: Inversiones Mope, C.A.). Así, en los supuestos de sanciones pecuniarias, en las que se configure la concurrencia en materia tributaria, atendiendo a un sistema de acumulación jurídica se toma la más grave, a la cual se le adiciona el término medio de las otras penas correspondientes a las actuaciones antijurídicas cometidas. (Vid. Sentencia de esta Sala número 00371 del 6 de junio de 2024, caso: Comercializadora Buba Gamp, C.A.). Por último, la disposición transcrita señala como regla general que la concurrencia se utilizará aún cuando se trate de tributos distintos o de diferentes períodos, teniendo como condición que las consecuencias de las infracciones sean impuestas en el mismo procedimiento. (Vid., sentencia de esta Sala número 00281 del 10 de abril de 2012, caso: Ilardo Audio Systems, C.A., ratificada el 5 de agosto de 2015 mediante el fallo número 00946, caso: Centromotriz Los Amigos C.A., entre otros). Vistas las consideraciones anteriores, corresponde verificar si en el presente caso se aplicaron correctamente las reglas de concurrencia, por los ilícitos formales y materiales cometidos por el contribuyente durante los ejercicios fiscales investigados.

Dispositiva

1.- DESISTIDA TÁCITAMENTE la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil SUPERMERCADO EL GORDO JOALKAR, C.A., contra la sentencia definitiva número 035-24, dictada en fecha 30 de mayo de 2024, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. 2.- FIRMES los pronunciamientos del Tribunal de instancia referidos a que no hubo violación al principio de legalidad. 3.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del Fisco Nacional. 4.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil Supermercado El Gordo Joalkar, C.A. 5.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir las Planillas de Liquidación Sustitutivas correspondientes.

Palabras clave

Contencioso TributarioSanciones TributariasConcurrencia de Infracciones

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