DecisiónORDENA notificar a la sociedad mercantil ASEGURADORA NACIONAL UNIDA DE SEGUROS, S.A. (UNISEGUROS)
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 00108, declaró con lugar la demanda de ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela contra la empresa Aseguradora Nacional Unida de Seguros, S.A. (UNISEGUROS). Se ordenó el pago de diversas sumas por concepto de ejecución de contratos de fianza, así como los intereses correspondientes desde la fecha de requerimiento de pago.
La sentencia establece que la empresa demandada debe pagar un total de Veinte Millones Ochocientos Diez Mil Cinco Bolívares con Treinta y Dos Céntimos, que incluye los intereses moratorios calculados por la Unidad de Análisis del Mercado Financiero del Banco Central de Venezuela. La Sala también ordena notificar a la aseguradora para que manifieste lo conducente respecto a la experticia complementaria del fallo.
Finalmente, se dispone la publicación y registro de la sentencia, así como la remisión de copia certificada a la Procuraduría General de la República, cumpliendo con lo ordenado en la decisión.
Extracto de la motiva
En razón de la sentencia definitiva número 00108, publicada por esta Sala Político Administrativa en fecha 10 de febrero de 2016, así como de los resultados de la experticia complementaria del fallo realizada por la Unidad de Análisis del Mercado Financiero del Banco Central de Venezuela, corresponde determinar el monto al cual se contrae la condenatoria de la empresa Aseguradora Nacional Unida de Seguros, S.A. (UNISEGUROS), en la demanda de ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. A tal efecto, se observa que la experticia complementaria del señalado fallo efectuada por el Banco Central de Venezuela, en cumplimiento de la mencionada sentencia determinó que el cálculo de los intereses moratorios de las sumas adeudadas por la empresa demandada, arroja como resultado la cantidad total de Veinte Millones Ochocientos Diez Mil Cinco Bolívares con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 20.810.005,32), discriminados de la siguiente forma: 1.- Por la cantidad de Trece Millones Ciento Ochenta Mil Setecientos Sesenta y Tres Bolívares con Siete Céntimos (Bs. 13.180.763,07), atinente a la ejecución del Contrato de Fianza de Anticipo 101-31-2023527, suscrito en fecha 30 de abril de 2002, los intereses de mora quedaron determinados en la suma de Diecisiete Millones Trescientos Quince Mil Doscientos Treinta y Ocho Bolívares con Ochenta y Tres Céntimos (Bs. 17.315.238,83). 2.- Por la suma de Dos Millones Seiscientos Sesenta Mil Doscientos Noventa y Siete Bolívares con Setenta y Dos Céntimos (Bs. 2.660.297,72), referida a la ejecución del Contrato de Fianza de Fiel Cumplimiento número 108-31-2001044 firmado el 21 de abril de 2004, los intereses moratorios fueron establecidos en el monto de Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Seis Bolívares con Cuarenta y Nueve Céntimos (Bs. 3.494.766,49). Ahora bien, analizada la información suministrada por la Unidad de Análisis del Mercado Financiero del Banco Central de Venezuela, vinculada al monto por concepto de intereses moratorios adeudados por la demandada a la accionante, según lo dispuesto en la sentencia definitiva publicada el 10 de febrero de 2016 bajo el número 00108; esta Sala considera necesario notificar a la empresa Aseguradora Nacional Unida de Seguros, S.A. (UNISEGUROS), para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de la notificación ordenada, manifieste lo conducente con relación a la experticia complementaria del fallo realizada. Así se decide.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA notificar a la sociedad mercantil ASEGURADORA NACIONAL UNIDA DE SEGUROS, S.A. (UNISEGUROS), acerca de la información suministrada por la Unidad de Análisis del Mercado Financiero del Banco Central de Venezuela, referida al cálculo de los intereses moratorios generados en la cantidad total de Veinte Millones Ochocientos Diez Mil Cinco Bolívares con Treinta y Dos Céntimos (Bs. 20.810.005,32), ordenada a pagar a la parte accionante en la sentencia número 00108 publicada el 10 de febrero de 2016, a los efectos que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la verificación en autos de la notificación ordenada manifieste lo conducente respecto a la experticia complementaria del fallo realizada. Líbrese boleta anexa a la copia certificada de la referida decisión, así como del presente fallo. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Procuraduría General de la República y anéxese copia de la sentencia número 00108, publicada por esta Sala el 10 de febrero de 2016. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
ejecución de fianzasintereses moratoriossentencia administrativa