Sentencia N° 892 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de julio de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00892, Exp. 2011-0147, 12/07/2011
Expediente2011-0147
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-07
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de amparo cautelar presentada por DISTRIBUIDORA DE SERVICIOS C.A. contra las Providencias Administrativas Nros. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455 del SENIAT. La recurrente alegó violaciones a sus derechos constitucionales, especialmente en relación con la capacidad contributiva y el derecho a la propiedad, argumentando que las providencias impugnadas afectaban su actividad económica y generaban un efecto confiscatorio.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala revisar los requisitos de procedencia de la medida cautelar de amparo constitucional solicitada para verificar si hay una lesión irreparable o de difícil reparación que pudiera haber producido un acto que deviniera en inconstitucional, constituyendo un atentado al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, y en consecuencia, observa: En tal sentido, debe analizarse el fumus boni iuris, con el objeto de concretar la presunción grave de violación o amenaza de violación del derecho o derechos constitucionales alegados por la parte quejosa, para lo cual es necesario no un simple alegato de perjuicio, sino la argumentación y la acreditación de hechos concretos de los cuales nazca la convicción de violación a los derechos constitucionales del accionante. En cuanto al periculum in mora, se reitera que en estos casos es determinable generalmente por la sola verificación del extremo anterior, pues la circunstancia de que exista una presunción grave de violación de un derecho de orden constitucional o su limitación fuera de los parámetros permitidos en el Texto Fundamental, conduce a la convicción de que por la naturaleza de los intereses debatidos debe preservarse in limine su ejercicio pleno, ante el riesgo inminente de causar un perjuicio irreparable en la definitiva a la parte que alega la violación.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE SERVICIOS C.A., contra las Providencias Administrativas Nros. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455 dictadas por el Superintendente Nacional Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante las cuales se designan como agentes de retención del impuesto al valor agregado a los contribuyentes calificados como especiales.

Palabras clave

amparo cautelarderecho a la propiedadcapacidad contributivaimpuesto al valor agregado

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