Sentencia N° 89 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de febrero de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00089, Exp. 2016-0475, 16/02/2017
Expediente2016-0475
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-02-15
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia en el caso del recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil CORREDOR HERMANOS, C.A. contra la Resolución del SENIAT que impuso una multa por incumplimiento de deberes formales. La Sala declaró parcialmente con lugar el recurso, anulando la multa impuesta, pero confirmando la procedencia de los intereses moratorios. La decisión se fundamenta en la falta de obligación de la contribuyente de presentar una factura que había sido anulada por el emisor, lo que llevó a la conclusión de que la Administración Tributaria incurrió en un falso supuesto de hecho.

Extracto de la motiva

La motivación de la decisión se centra en la contradicción entre la afirmación de incumplimiento de deber formal y la conclusión de que la contribuyente no estaba obligada a cumplir con dicho deber. La Sala establece que la Administración Tributaria incurrió en error al exigir la presentación de una factura anulada, lo que llevó a la anulación de la multa. Se destaca que la motivación debe estar constituida por razones de hecho y de derecho que fundamenten la decisión, y se concluye que el fallo recurrido guarda coherencia entre sus partes.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil ‘HERMANOS CORREDOR, CA’ contra la Resolución RECURSO DE REVISION SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2014-E-305 de fecha 30/09/2014. 2. SE ANULA la planilla de liquidación Nro 051001227001972. 3. SE CONFIRMA el Recurso de Revisión Nro SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2014-E-305 de fecha 30/09/2014 emitido por el jerarca, así como también los intereses moratorios. 4. IMPROCEDENTE LA CONDENA EN COSTAS. 5. DISPONDRÁ la Sociedad Mercantil ‘CORREDOR HERMANOS CA’ de 5 días continuos para la cancelación de la presente deuda.

Palabras clave

debido_procesointereses_moratoriosliquidaciónadministración_tributariaderecho_a_la_defensaimpuesto_sobre_la_rentaverificaciónnulidad

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