La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia número 00304, declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el FISCO NACIONAL y confirmó el fallo del Tribunal Superior Contencioso Tributario. Asimismo, PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario de la contribuyente ORINOCO IRON, S.C.S., anulando ciertas providencias administrativas del SENIAT. Se ordenó un nuevo cálculo de los créditos fiscales y no se condenó en costas al FISCO NACIONAL.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese al Procurador General de la República. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado (…)”. (Mayúsculas y destacado del original). En fecha 18 de junio de 2024, se libraron oficios números 1197, 1198, 1199 y 1200, dirigidos a la Procuraduría General de la República, Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del mencionado Servicio Autónomo y a la contribuyente Orinoco Iron, S.C.S. y/o a sus apoderados judiciales, respectivamente, a los fines de notificarlos de la referida sentencia número 00304 de fecha 28 de mayo de 2024. En fecha 18 de julio de 2024, el Alguacil de este Alto Tribunal consignó resulta de la notificación realizada al Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva identificada con las letras y números PJ06062011000086 dictada el 2 de junio de 2011, por el Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial de la Región Guayana, contra las Providencias Administrativas signadas con las siglas GRTI/RG/DR/DCF/2007/48 y GRTI/RG/DR/DCF/2007/52, ambas de fecha de fecha 16 de abril de 2007 y GRTI/RG/DR/ABF/2007/068 de fecha 22 de mayo de 2007, todas emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia, se CONFIRMA en los términos expuestos dicho fallo. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente ORINOCO IRON, S.C.S. contra las Providencias Administrativas distinguidas con el alfanumérico GRTI/RG/DR/DCF/2007/48 y GRTI/RG/DR/DCF/2007/52, ambas de fecha de fecha 16 de abril de 2007 y GRTI/RG/DR/ABF/2007/068 de fecha 22 de mayo de 2007, todas emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT); las cuales se ANULAN. 3.- Se ORDENA al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT); efectuar un nuevo cálculo de los créditos fiscales tomando como fundamento lo expuesto en el presente fallo. 4.- No PROCEDE LA CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES al FISCO NACIONAL, conforme a lo expresado en la motiva del presente fallo.