Sentencia N° 884 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de agosto de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00884, Exp. 2017-0448, 01/08/2017
Expediente2017-0448
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-08-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta obligatoria de la sentencia N° 2016-0638, que declaró con lugar la demanda de nulidad interpuesta por Diana del Carmen Araujo de Martini contra el acto administrativo de CADIVI que negó la Autorización de Adquisición de Divisas. La Sala confirmó la decisión de la Corte Primera, argumentando que la administración incurrió en falso supuesto al considerar que las divisas solicitadas eran para una prestación extinguida. Se destacó que la solicitud de divisas estaba relacionada con un caso de urgencia médica, lo que justificaba la autorización solicitada.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala Político-Administrativa pronunciarse sobre la consulta obligatoria de la sentencia N° 2016-0638, de fecha 6 de octubre de 2016, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró con lugar la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la actora, contra el acto administrativo Nº PRE-CJ-009168 del 9 de junio de 2014, emanado de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), que confirmó la decisión mediante la cual se negó la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) de la solicitud N° 17374023, referente a 'Casos Especiales Salud', por el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Providencia N° 012 del 21 de febrero de 2003, emanada del órgano accionado y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.637, en la que se establecen los requisitos y trámites para la administración de las divisas destinadas a la recuperación de la salud, investigaciones científicas, deporte, cultura y otros casos de especial urgencia, al considerar que la '(...) disposición citada indica cuales son los requisitos de fondo que se requieren para proceder a efectuar el análisis de la solicitud formalizada, pero además de lo descrito, se exige como presupuesto fundamental el que la solicitud sea anterior al supuesto que pretende encuadrarse dentro de un 'caso especial urgencia' (...)'.

Dispositiva

1.- Que PROCEDE LA CONSULTA de la sentencia N° 2016-0638 de fecha 6 de octubre de 2016, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por el apoderado judicial de la ciudadana DIANA DEL CARMEN ARAUJO DE MARTINI contra el acto administrativo Nº PRE-CJ-009168 de fecha 9 de junio de 2014, emanado de la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), que confirmó la decisión mediante la cual se negó la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) correspondiente a la solicitud N° 17374023, referente a 'Casos Especiales Salud'. 2.- Se CONFIRMA la referida decisión objeto de consulta.

Palabras clave

NulidadCADIVIDivisasSalud

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca