Sentencia N° 883 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00883, Exp. 2013-0328, 23/07/2013
Expediente2013-0328
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-07-23
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad SERMALITE contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar su recurso contencioso tributario. La apelación fue considerada desistida debido a que la parte apelante no presentó los fundamentos requeridos dentro del plazo establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Correspondería a la Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio Sermalite, Servicios de Mantenimiento y Limpieza Tecnificados, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. 005/2012 dictada el 8 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, la cual declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente. En tal sentido, pasa esta Alzada a decidir la controversia planteada, a tenor de lo contemplado en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La señalada norma prevé: “Artículo 92: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación.”. (Destacado de la Sala). La citada disposición establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma impone como consecuencia jurídica a la falta de comparecencia de la parte apelante, el desistimiento tácito de la apelación.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad de comercio SERMALITE, SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA TECNIFICADOS, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. 005/2012 dictada el 8 de marzo de 2012 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado por la mencionada empresa contra la Resolución Nro. 290-2010 de fecha 1° de noviembre de 2010, emitida por la Alcaldesa del Municipio Iribarren del Estado Lara, mediante la cual se resolvió sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo Nro. 036F-2010 dictada el 13 de abril de 2010 por el Servicio Municipal de Administración Tributaria (SEMAT), en la que se determinó a cargo de la recurrente la obligación de pagar impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, sanciones de multa e intereses moratorios. En consecuencia, queda FIRME la decisión judicial apelada.

Palabras clave

apelaciónimpuestojurisdicciónadministrativatribunalescontribuyente

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca