Sentencia N° 882 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de junio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00882, Exp. 2002-0596, 17/06/2009
Expediente2002-0596
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-06-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 00207, se pronunció sobre la fijación de honorarios profesionales de los expertos designados en el caso de autos. Se estableció que cada experto percibirá la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) y se fijó un lapso de diez días de despacho para que el abogado demandante consigne dicho monto ante la Sala. Además, se determinó que, una vez consignados los honorarios, comenzará a transcurrir un lapso de veinte días para que los expertos presenten su dictamen o informe, con posibilidad de prórroga según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la diligencia presentada en fecha 29 de abril de 2009, por los abogados Sara Cristina Salomón Ivanovich, Valentina Margarita Colmenares Gómez y Ricardo Rafael Sperandío Zamora, en su carácter de expertos designados y juramentados en el presente juicio. A tal efecto, se observa: 1. En primer término, los abogados antes referidos consignaron la opinión requerida sobre el monto de sus honorarios profesionales con ocasión de la experticia complementaria del fallo ordenada en sentencia N° 00526 del 27 de de mayo de 2004. Por tanto, vista la opinión suministrada, esta Sala fija en la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00), los honorarios a percibir por cada uno de los expertos en el caso de autos, esto es, abogados Sara Cristina Salomón Ivanovich, Valentina Margarita Colmenares Gómez y Ricardo Rafael Sperandío Zamora. 2. Determinados por la Sala los honorarios correspondientes a los identificados expertos, se fija un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la publicación de este fallo, para que el abogado José Antonio Reyes Chirinos, antes identificado, consigne ante esta Sala el indicado monto de los honorarios. 3. Una vez consignados ante esta Sala los honorarios de los expertos, comenzará a transcurrir un lapso de veinte (20) días de despacho, dentro de los cuales los mencionados expertos deberán presentar su dictamen o informe. Dicho lapso podrá ser prorrogado a solicitud de los expertos antes de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. Se ESTABLECE en la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00), los honorarios a percibir por cada uno de los expertos en la presente causa, abogados Sara Cristina Salomón Ivanovich, Valentina Margarita Colmenares Gómez y Ricardo Rafael Sperandío Zamora. 2. Se fija un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la publicación de este fallo, para que el abogado José Antonio Reyes Chirinos, parte actora en el caso de autos, consigne ante esta Sala el monto de los honorarios fijados a los expertos. Una vez consignados los referidos honorarios, comenzará a transcurrir un lapso de veinte (20) días de despacho, dentro de los cuales los expertos deberán presentar el respectivo informe o dictamen. Dicho lapso podrá ser prorrogado conforme a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

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