La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por el Coronel de la Guardia Nacional, ALEXIS JESÚS MOYA MARCELLA, contra una sanción disciplinaria de diez días de arresto simple impuesta por el Comandante General de la Guardia Nacional. La decisión se fundamentó en irregularidades en la administración de fondos otorgados por la empresa China Railway Engineering Corporation para la alimentación del personal militar destacado en sus campamentos.
La Sala examinó los vicios alegados por el recurrente, incluyendo la violación del debido proceso y la inmotivación del acto administrativo. Tras analizar las pruebas y el procedimiento administrativo, la Sala concluyó que se garantizó el derecho a la defensa del recurrente y que la sanción impuesta estaba debidamente motivada y fundamentada en hechos comprobados.
Finalmente, la Sala declaró SIN LUGAR la demanda de nulidad, manteniendo firme la decisión del Comandante General de la Guardia Nacional, confirmando así la legalidad de la sanción disciplinaria impuesta.
Extracto de la motiva
La Sala a objeto de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y conforme al principio pro actione, observa que del análisis del expediente administrativo de la causa se desprende, que en el presente caso la Administración Militar con ocasión a la “investigación administrativa disciplinaria” que se siguió al accionante, llevó a cabo un procedimiento durante el cual éste tuvo acceso a las actas, así como oportunidad de esgrimir alegatos y de promover pruebas, garantizándosele de esta forma el derecho al debido proceso y -dentro de éste- al ejercicio de su defensa, debiendo en consecuencia desestimarse la denuncia formulada sobre el particular. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa de Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por la representación judicial del Coronel de la Guardia Nacional Bolivariana ciudadano ALEXIS JESÚS MOYA MARCELLA, contra la decisión de fecha 23 de mayo de 2013, dictada por el COMANDANTE GENERAL DE LA GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA, mediante la cual se impuso al accionante una sanción disciplinaria equivalente a diez (10) días de “arresto simple”, por encontrarse incurso en el supuesto previsto en el artículo 116, segundo aparte, del Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6. Así se declara.
Palabras clave
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