La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia Nro. 00145, resolvió un recurso contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra una sentencia anterior que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. La Sala declaró firme la decisión del tribunal inferior respecto a los intereses moratorios y revocó la sentencia que favorecía a la contribuyente. Además, se ordenó a la Administración Tributaria emitir planillas sustitutivas y se estableció que no procede la condenatoria en costas procesales a las partes.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En el presente caso mediante sentencia Nro. 00145 de fecha 13 de marzo de 2025, esta Sala declaró: “(…) 1.- FIRME al no haber sido apelado por la contribuyente ni desfavorecer los intereses del Fisco Nacional, los pronunciamientos IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 13 dictados por el Tribunal a quo correspondiente a la procedencia de los ‘intereses moratorios determinados por enterar extemporáneamente el impuesto al valor agregado retenido en los
Dispositiva
ORDENA: 1.- NOTIFICAR a la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA DE CEMENTO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN FERRECAM, C.A., o a cualquieras de sus apoderados judiciales, del contenido del presente fallo y de la sentencia Nro. 00145 de fecha 13 de marzo de 2025; 2.- NOTIFICAR al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), con sede en Calabozo.