El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Dunamis, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo emitida por el SENIAT. Se anula parcialmente la resolución en relación a la no aplicación de la figura de la concurrencia en las sanciones impuestas. La Sala ordena a la Administración Tributaria emitir nuevas planillas de liquidación ajustadas al valor de la unidad tributaria vigente para el pago de las sanciones.
Extracto de la motiva
motivación del presente fallo; 5.- Se confirma la planilla de liquidación y pago No. 031001 233000132, la cual deberá ser cancelada con base en el valor de la unidad tributaria vigente para la fecha de pago y 6.- Se confirman los intereses moratorios liquidados por Bs. 35.786,16 (…)”. (Sic). (Resaltados y mayúsculas propios de la cita). III FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN El 27 de septiembre de 2022, la abogada Orlandi Rossana Prieto Cañizalez, antes identificada, actuando con el carácter de sustituta del Procurador General de la República, en representación del Fisco Nacional, presentó escrito mediante el cual impugnó el pronunciamiento del fallo de instancia que resultó desfavorable a la República, con base en las razones de hecho y de derecho que se transcriben a continuación:
Dispositiva
Se anula parcialmente la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/RCO/DSA/2014/0177/67/040 de fecha 19 de mayo de 2014 notificada en fecha 21 de mayo de 2014 solo con relación a la no aplicación de la figura de la concurrencia; se ordena a la Administración Tributaria Nacional volver a liquidar las diez (10) multas a la contribuyente, conforme a los términos expresados en la motivación del presente fallo.