El Tribunal Supremo de Justicia, Sala Político-Administrativa, recibió un expediente en consulta sobre la decisión de un tribunal inferior que declaró sin lugar la falta de jurisdicción opuesta por la parte demandada. La Sala, al examinar el caso, concluyó que el juzgado de la causa había afirmado su jurisdicción, por lo que no había materia sobre la cual decidir en esta consulta. En consecuencia, se declaró que la sentencia remitida no era objeto de consulta obligatoria y quedó firme el fallo consultado.
Extracto de la motiva
Esta Sala ha establecido, en reiterada y pacífica jurisprudencia, el criterio de que la declaratoria afirmativa de jurisdicción de un Juez frente a la Administración Pública, no tendrá consulta ante la Sala; por lo que solamente deberán examinarse aquellas decisiones, emanadas de los órganos jurisdiccionales, en las cuales se declare la falta jurisdicción de los mismos. En el presente caso, el Juzgado de la causa afirmó su jurisdicción para conocer del presente asunto, por lo que concluye la Sala que en este asunto no tiene materia sobre la cual decidir. Así se declara.
Dispositiva
En virtud de lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, por cuanto la sentencia remitida no es objeto de consulta obligatoria y contra dicha sentencia no fue planteado el recurso de regulación de jurisdicción; en consecuencia, quedó firme el fallo consultado. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal remitente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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