La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de nulidad interpuesta por PFIZER RESEARCH AND DEVELOPMENT COMPANY N.V./S.A. contra el silencio administrativo del Ministerio de la Producción y el Comercio. La Sala declaró inadmisible la participación de ciertos abogados como terceros y admitió a otras sociedades mercantiles como coadyuvantes en el proceso. Además, se desestimó la solicitud de que la causa fuese tramitada como de mero derecho, ordenando la apertura del lapso probatorio correspondiente.
Extracto de la motiva
Tal como se desprende de la narrativa del presente fallo, la parte accionante solicitó que la presente causa no fuese abierta a pruebas; respecto a la declaratoria del asunto como de mero derecho, la Sala reiteradamente ha establecido que procede este mecanismo sólo en aquellos casos en que para la resolución de la controversia baste la simple confrontación de normas. Ahora bien, se observa que a pesar de que la parte accionante en fecha 20 de enero de 2004 pidió que la causa no fuese abierta a pruebas; luego, en fecha 18 de marzo 2004, la misma representación solicitó que en resguardo al derecho a la defensa de una de las partes intervinientes se abriese el lapso probatorio. En tal virtud, concluye la Sala que la recurrente tácitamente desistió de su solicitud de tramitación de la causa como de mero derecho. Así se decide.
Dispositiva
1.- INADMISIBLE la participación como terceros de los abogados Calixto Davis Davis y Luis César Ostos. 2.- ADMITE la participación en el presente proceso como terceros coadyuvantes de las sociedades mercantiles Laboratorios Valmor, C.A., Galeno Química, C.A. y Laboratorios Rowe Fleming, C.A. 3.- DESISTIDA TÁCITAMENTE la solicitud de que la causa fuese tramitada como de mero derecho.
Palabras clave
nulidadsilencio administrativopatenteinterpretación prejudicialderecho a la defensalapso probatorioComunidad Andinajurisdicción