Sentencia N° 869 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00869, Exp. 2011-0329, 30/06/2011
Expediente2011-0329
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-06-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge Carlos RODRÍGUEZ BAYONE en representación de Miguel Ángel LUGO POLANCO, contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró perimida la instancia en el recurso de nulidad. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar el cartel de emplazamiento en el tiempo establecido, lo que conllevó a la declaratoria de desistimiento tácito del recurso. Se confirma el fallo apelado en los términos expuestos.

Extracto de la motiva

Antes de pasar esta Sala a emitir pronunciamiento con relación a la apelación formulada por el apoderado judicial del ciudadano Miguel Ángel LUGO POLANCO, contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo N° 2010-001048 de fecha 28 de octubre de 2010, que declaró “PERIMIDA LA INSTANCIA” en el recurso de nulidad incoado, por considerar que el recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar el cartel de emplazamiento, se observa: De la revisión exhaustiva del escrito de fundamentación se evidencia que aun cuando el apelante no alegó los vicios de la sentencia, ni las razones de hecho y derecho en las cuales fundamentó su apelación, manifestó su inconformidad con el fallo apelado, al indicar que en virtud de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447 de fecha 16 de junio de 2010), en su artículo 80, no era obligatorio el cartel de emplazamiento, por tratarse de un recurso de nulidad de acto administrativo de efectos particulares. Razón por la que esta Sala, en atención a la tutela judicial efectiva, pasa a determinar si la sentencia impugnada está o no a ajustada a derecho. No obstante, antes de entrar a analizar el caso de autos este Máximo Tribunal advierte que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo erró al declarar “PERIMIDA LA INSTANCIA” en el recurso de nulidad incoado, pues lo procedente, siendo congruente con los fundamentos -parte motiva de la decisión- era la declaratoria de desistimiento tácito, por considerar que el ciudadano Miguel Ángel LUGO POLANCO no cumplió con la carga procesal de retirar el cartel de emplazamiento a los terceros interesados que disponía la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela en su aparte 11 del artículo 21, aplicable ratione temporis.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial del ciudadano Miguel Ángel LUGO POLANCO contra la sentencia N° 2010-001048 de fecha 28 de octubre de 2010 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se confirma en los términos expuestos el fallo apelado.

Palabras clave

nulidadcartel de emplazamientoperimida la instanciadesistimiento tácito

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca