DecisiónHomologado el desistimiento del procedimiento
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió homologar el desistimiento del procedimiento interpuesto por Otto Marlon Medina Duarte en un recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo constitucional contra la Contralora General de la República. La decisión se basa en que el demandante expresó su voluntad de desistir del procedimiento, cumpliendo con los requisitos legales establecidos para tal efecto.
La Sala destacó que el desistimiento fue manifestado de manera expresa y que no existían razones de orden público que impidieran su tramitación. Por lo tanto, se declaró extinguida la instancia, permitiendo así que el demandante no continúe con el recurso interpuesto.
Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la sentencia, cumpliendo con los procedimientos establecidos por la ley.
Extracto de la motiva
Conforme se aprecia de las normas transcritas, el demandante en una causa puede manifestar su voluntad de desistir de la acción o del procedimiento, debiendo constatarse -a los fines de la correspondiente homologación- la verificación de los siguientes requisitos: 1.- Que quien formule el desistimiento tenga la capacidad o esté facultado para desistir. 2.- Que el desistimiento verse sobre materias disponibles por las partes. 3.- Que no se hubiera dado contestación de la demanda (cuando se desiste del procedimiento), o si ésta ya se hubiera producido, que el demandado consintiere en el desistimiento. Precisados los extremos legales para que proceda la homologación del desistimiento del procedimiento por parte de este Máximo Tribunal, corresponde a la Sala determinar si en el presente caso se verifican los mismos y, en este sentido, se observa que: 1. El abogado Otto Marlon Medina Duarte, quien funge como actor en la presente causa, manifestó de modo expreso su decisión de desistir del procedimiento iniciado a propósito del recurso de nulidad de autos, ejercido conjuntamente con una solicitud de amparo cautelar. 2.- De la minuciosa lectura realizada al libelo y, en general, de los autos, no se desprende que la situación planteada trate sobre materias no disponibles. Por las aludidas razones, visto que en casos como el presente no está previsto como tal un acto de contestación a la demanda de nulidad, pudiendo formularse el desistimiento en cualquier estado y grado del proceso, y no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, esta Sala declara homologado el desistimiento formulado por el abogado Otto Marlon Medina Duarte y, en consecuencia, queda extinguida la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por el abogado OTTO MARLON MEDINA DUARTE en el “Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Amparo Constitucional, contra la (…) Contralora General de la República (…)”; y, en consecuencia, queda EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.