La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta planteada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo, que había declarado su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública en un caso de calificación de despido. El demandante, LUIS ALBERTO CASTILLO GONZÁLEZ, solicitó la calificación de su despido, reenganche y pago de salarios caídos, pero el tribunal remitente se declaró incompetente para conocer la solicitud. La Sala determinó que no había materia sobre la cual decidir, ya que la sentencia consultada no correspondía al mismo accionante.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala, pronunciarse acerca de la consulta planteada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en virtud de la sentencia que dictara en fecha 15 de noviembre de 2004, mediante la cual declaró su falta de jurisdicción respecto a la Administración Pública. Ahora bien, en el presente caso, las actuaciones judiciales que conforman el presente expediente se refieren a una solicitud de calificación de despido intentada por el ciudadano LUIS ALBERTO CASTILLO GONZÁLEZ quien señaló que en fecha 4 de agosto de 1992 comenzó a prestar servicios para la empresa LAGOVEN, SA, hoy denominada PDVSA PETRÒLEO, S.A., siendo el último cargo ocupado el de “OPERADOR DE MÓDULOS IV, V, VI-VII JUSEPÍN”, adscrito a la Gerencia del Distrito Maturín de la División Oriente de Exploración, Producción y Mejoramiento, hasta el 30 de enero de 2003, fecha en la cual fue publicada la notificación de su despido en el diario “La Prensa”, indicando que el mismo es injustificado. No obstante lo anterior, el fallo objeto de la presente consulta, por el cual se declaró que dicho Tribunal “carece de jurisdicción”, recayó sobre la solicitud de calificación de despido interpuesta por el ciudadano BRAUDILIO JOSÉ GAMBOA MARTÍNEZ, contra PDVSA, PETRÓLEO S.A.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR respecto a la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por el ciudadano LUIS ALBERTO CASTILLO GONZÁLEZ, ya identificado, asistido por el abogado Jean C. Maita H., también identificado, contra la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO, S.A. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
calificacion de despidoreenganchesalarios caidosjurisdicciontrabajoadministracion publicaPDVSALAGOVEN