La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró que el Poder Judicial venezolano no tiene jurisdicción para conocer la demanda de divorcio interpuesta por Alfredo José Corcione Redondo contra Sara Cristina Padovan Pio. La decisión se basa en que ambos progenitores y sus hijos tienen su residencia habitual en Italia, lo que excluye la competencia de los tribunales venezolanos. La sentencia confirma el fallo del Tribunal Octavo de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción el 12 de mayo de 2023.
Extracto de la motiva
motivado a una actuación abusiva de su condición de Progenitor Custodio, su cónyuge, injustificada e ilegalmente, ha cercenado sus derechos como Padre, pues desde (…) [el] 14 de septiembre de 2020, la ciudadana SARA CRISTINA PADOVAN PIO, ha impedido y limitado los derechos que como Padre asisten a [su] representado. Ella, de manera IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 19 arbitraria, no ha permitido que los niños vean y pasen tiempo con su Padre”. (Mayúsculas del texto, corchetes de esta Máxima Instancia). Señalaron que, testigos “(…) de estos hechos han sido su familia, amigos y peor aún sus menores hijos, quienes han tenido que vivir cargados de una tensión familiar y psicológica injustificada que los ha afectado”.
Dispositiva
Se CONFIRMA el fallo dictado por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 12 de mayo de 2023.