Sentencia N° 859 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00859, Exp. 2013-0676, 17/07/2013
Expediente2013-0676
PonenteMónica Misticchio Tortorella
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-07-16
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Neidy Carmen Rosal González y Miguel Enrique Velásquez contra la Resolución DM/N° 058 del 16 de octubre de 2012, dictada por la Ministra del Poder Popular para la Educación. Los recurrentes alegaron que la resolución es inconstitucional y vulnera derechos fundamentales relacionados con la educación y la libertad de conciencia. La Sala, tras analizar los argumentos, decidió declarar improcedente el amparo cautelar solicitado, argumentando que la resolución impugnada se fundamenta en normas de rango constitucional y legal que promueven la participación de la comunidad educativa.

Extracto de la motiva

La Sala estima que cualquier pronunciamiento al respecto, dirigido a la suspensión total del referido acto incidirá sobre la esfera de los derechos e intereses de la totalidad de los miembros que integran la comunidad educativa (padres, madres, representantes, estudiantes, docentes, trabajadoras, trabajadores administrativos, obreros, obreras, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas a las instituciones educativas) y es por ello que, la valoración que debe efectuar este Máximo Tribunal sobre la medida requerida, ha de hacerse ponderando los intereses involucrados.

Dispositiva

1.- Acepta la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto, conjuntamente con amparo cautelar, por la ciudadana NEIDY CARMEN ROSAL GONZÁLEZ y el ciudadano MIGUEL ENRIQUE VELÁSQUEZ, contra la Resolución DM/N° 058 del 16 de octubre de 2012, dictada por la MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.029 del 16 de octubre de 2012. 2.- ADMITE el referido recurso de nulidad. 3.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado.

Palabras clave

nulidadeducaciónamparo cautelarconstitucionalidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca