Sentencia N° 851 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de julio de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00851, Exp. 2013-0522, 17/07/2013
Expediente2013-0522
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-07-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, revocó parcialmente la sentencia N° 045/2012 del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario interpuesto por la Corporación Industrial Americer C.A. contra una multa impuesta por la Administración Aduanera. La Sala determinó que la apelación era procedente, ya que la Administración había incurrido en un falso supuesto al considerar que la mercancía importada debía estar sujeta a un plazo de seis meses en lugar de un año, como lo establece la normativa aplicable para bienes de capital destinados a proyectos específicos.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, las alegaciones expuestas en su contra por la representación fiscal, y la contestación de la contribuyente, observa la Sala que la controversia planteada queda circunscrita a decidir si el tribunal a quo incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho al considerar que la importadora no incumplió con las condiciones de la admisión temporal, al estimar que la mercancía importada era un bien de capital sujeto al plazo de un (1) año para su permanencia en territorio nacional y no de seis (6) meses como lo había autorizado la Administración Tributaria. Delimitada así la litis pasa la Sala a decidir y a tal efecto observa: Previamente, debe esta Máxima Instancia declarar firme, por no ser contrario a los intereses del Fisco Nacional, el pronunciamiento del tribunal a quo sobre la improcedencia de la prescripción de la sanción opuesta por la contribuyente y no apelada por esta. Así se determina.

Dispositiva

1) CON LUGAR la apelación incoada por la Procuraduría General de la República, en representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 045/2012 de fecha 9 de agosto de 2012, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA parcialmente. 2) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER, C.A., contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2010-0655 del 03 de noviembre de 2010, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 4 de mayo de 2010 por la mencionada recurrente y confirmó la Resolución N° SNAT-INA-GAP-LGU-AAJ-2010-00748 del 6 de abril de 2010, que impuso multa a la recurrente, de conformidad con el artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas de 1999, por no haber reexpedido ni nacionalizado la mercancía dentro del plazo establecido, la cual queda FIRME.

Palabras clave

Contencioso TributarioAdmisión TemporalBienes de CapitalFalso SupuestoMulta

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