El ciudadano Félix Alexander Gimón Castro interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra un acto administrativo de destitución. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras revisar el expediente, determinó que el recurrente no consignó la publicación del cartel de emplazamiento dentro del plazo establecido por la ley. Esto llevó a la conclusión de que el recurrente desistió tácitamente del recurso interpuesto.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia: “En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar de periódico donde hubiere sido publicado el cartel.” (Negrillas de la Sala). En el caso de autos ha quedado plenamente comprobado que, en el lapso a que se refiere la norma transcrita, el recurrente no consignó la publicación del cartel de emplazamiento expedido por el Juzgado de Sustanciación en fecha 16 de octubre de 2003, según consta en la certificación que cursa en el expediente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano FÉLIX ALEXANDER GIMÓN CASTRO, asistido por el abogado Eduardo A. Mejías R., ambos identificados supra, contra el acto administrativo de destitución contenido en el Memorándum Nº 9700-104-13531 de fecha 18 de octubre de 2000, emanada de la DIVISIÓN GENERAL DE PERSONAL DEL CUERPO TÉCNICO DE POLICÍA JUDICIAL, actualmente, CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS.
Palabras clave
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