La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la apelación interpuesta por Otoniel Pautt Andrade contra la Sentencia Nro. 2012-0291, que declaró sin lugar la recusación de ciertos jueces. La Sala determina que el recurso es inadmisible, basándose en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, que prohíbe la apelación en incidencias de recusación. Se argumenta que la recusación no fue fundamentada en motivos legales válidos y que no se evidencian vicios en el proceso.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala decidir la apelación ejercida contra la Sentencia Nro. 2012-0291, dictada por la Segunda Jueza Suplente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 8 de marzo de 2012. Antes de entrar a analizar los argumentos que fueron esgrimidos por la parte apelante como fundamentos del recurso ejercido, resulta forzoso para esta Sala referirse a lo dispuesto en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, legislación aplicable supletoriamente por remisión expresa de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en su artículo 31. Así, la primera de las mencionadas disposiciones legales, establece lo siguiente: 'Artículo 101.- No se oirá recurso contra las providencias o sentencias que se dicten en la incidencia de recusación e inhibición.' La referida disposición legal se encuentra contenida en la Sección Octava, del Capítulo I, Título I, del Libro Primero del Código de Procedimiento Civil, contentivo de las disposiciones generales respecto de los órganos judiciales. En relación con la citada disposición legal, en reiteradas ocasiones la Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal ha negado la admisibilidad del recurso de casación contra las decisiones de los tribunales de instancia y superiores que a su vez han declarado inadmisible el recurso de apelación que, pese a prohibición legal expresa, se ha interpuesto en la práctica forense venezolana.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el abogado Otoniel Pautt, ya identificado, contra la Sentencia Nro. 2012-0291, dictada por la Segunda Jueza Suplente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en fecha 8 de marzo de 2011. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el cuaderno separado a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.